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Realidad y derechos humanos

Peruanos en Chile

Migrantes: de sufrir en el Perú, a ser violentados en Chile

Gracias al neoliberalismo peruano y al neofascismo chileno, la situación de los inmigrantes peruanos puede convertirse en un profundo conflicto social a mediano plazo, esta es la historia: 

El contexto político-económico del Perú: una condición estructural determinante para la fuga de nacionales al extranjero

Un fenómeno sorprendente en la sociedad peruana es la migración que sufren estos hacia otros países entre los que resalta según el Ministerio de Relaciones Exteriores, Estados Unidos (con un total de 50% de los migrantes peruanos), Argentina (7,2%), pero también España (6,5%), Chile (4,7%), y en menor escala Japón (3,2%), Canadá (1,1%), etc.

Los factores que hacen que los peruanos migren hacia el exterior son principalmente económicos debido a que éste país sufre desde su independencia de crisis económicas agudas que han generado en la actualidad, según el Instituto Nacional de Estadística e Informática del Perú (INEI), una pobreza que en el 2004 golpeaba a 51% de la población. De igual modo, la informalidad laboral que genera a su vez inestabilidad económica, es otra causante de éste flujo migratorio, así en Lima, se registra entre el 2006 y febrero del 2007 un desempleo y subempleo que preocupan a más del 61% de la Población Económicamente Activa (PEA). Todo esto, acrecentado por problemas políticos internos y factores globalizantes (la TV por cable por ejemplo), incentivan la mimetisación de las personas, provocando la salida del Perú entre 1990 y 2005 de 1’655,850 nacionales.

En este sentido, cabe recalcar que la peor crisis económica del Perú durante el primer gobierno de Alan García (1985-1990), que hundió al país en más de dos millones por ciento de inflación, no es la gran causante de esta fuga de capital humano, como se muestra en cualquier cuadro sobre evoluciones migratorias del Perú.[1], los índices de migración aumentan a partir del 2000 por la inestabilidad política del fin del gobierno de Fujimori, su fuga al Japón y por la mayor oferta de vuelos a precios accesibles para la clase media.

 

El flujo migratorio desde un país inestable hacia uno próspero: Omisiones en el rol del Estado chileno como premisas para una historia de racismo

Según un estudio de la Organización Internacional del Trabajo se revela una situación de desamparo y subempleo grande entre los peruanos de Chile, es posible que se deba a la ilegalidad y a la imagen negativa que se tiene del inmigrante peruano, pero este estudio resalta que el principal problema es la falta de reconocimiento y de respeto a sus derechos laborales, a pesar que también se muestra una motivación de los peruanos al trabajo principalmente para enviar dinero a su familia.  

En este sentido, la migración moderna hacia Chile se produce después de la caída de la dictadura de Pinochet en 1990 debido al crecimiento de la economía chilena en comparación a la grave crisis terrorista y económica que sufría el Perú. Así, aunque ciertos peruanos eran profesionales, la mayoría provenía de clases socioeconómicas bajas sin calificación, lo que los obligó a desempeñarse en puestos de obreros, empleados del hogar y otros con remuneraciones bajas pero que eran suficientes para ayudar a sus familias en el Perú. No obstante esto, la crisis asiática de 1998, afectó también a Chile, lo que generó un alza en la cifras de desempleo hasta llegar a 12% mientras los peruanos seguían llegando. Esto provocó que la opinión pública chilena cuestionara la situación del flujo migratorio y la situación de la colonia de peruanos en su país. Desde allí y hasta hoy, un segmento de la población afirma sin sustento que los migrantes ocupan los empleos chilenos, que en realidad son los empleos más bajos o con condiciones laborales ilegales, y que el gobierno debería asumir una actitud nacionalista desarrollando leyes de protección que impidan el trabajo a extranjeros o den prioridad al chileno como está previsto respectivamente en Costa Rica con los estudiantes internacionales o en el mismo Perú en su Código laboral.

En cuanto al numero de peruanos en Chile, el INEI del Perú estima que en 2005 eran cerca de 85,000 personas, mientras que para las autoridades de Santiago el censo del 2002, arrojó que de las 195,311 personas que declararon haber nacido fuera del territorio chileno, solo cuarenta mil eran peruanas, de las cuales se calculan que algunos 15,000 eran ilegales, ya sea por el vencimiento de sus visas o por haber pasado la frontera fuera de los controles legales (OIM, 1997). Pero a pesar de esto, la posición del peruano es tan importante en la sociedad chilena que para reflejar esta realidad, la televisión nacional de Chile incluyó en una serie la presencia de una "nana" peruana en un hogar de clase media alta (Diario La Tercera, 1998), siendo ésta la situación vivida por unas 30,000 mujeres en todo Chile (OIM, 1997). Sin embargo estas acciones inclusivas, aunque sean de personaje de segunda categoría, no contrarrestan las múltiples actitudes anti-peruanas que parecen caer en una situación sistemática.

Así por ejemplo, según el Servicio de noticias para la Mujer en Latino-América y el Caribe (SEMLAC) una migrante peruana de nombre Vilma cuenta que las dueñas del hogar (empleadoras) en Chile “son algo más déspotas”. Vilma estuvo antes en Argentina y explica que allá “las señoras eran amables y cariñosas, hasta me sentaba en la mesa con las familias que trabajé, aquí tengo que estar como escondida”

Según Carolina Stefoni, socióloga y académica de la Universidad Alberto Hurtado, el simple “hecho de que el setenta por ciento de las peruanas esté trabajando en el servicio doméstico es el mejor indicador de la discriminación” que existe en Chile, ya que aunque las “nanas” peruanas hayan pasado más tiempo en la escuela[2] que las “nanas” chilenas, no llegan a acceder a puestos de trabajo superiores cuando las chilenas lo logran con enseñanza secundaria completa. Para Carmen Sarsoza, integrante del grupo de Mujeres Migrantes de Estación Central, la migración no suele verse como una “oportunidad para alimentar la cultura, y mientras no haya un discurso desde las autoridades que destaque cómo se enriquece la sociedad con la inmigración, se seguirá viendo como un problema”. Añade además que “los y las peruanas sienten que no tienen derechos en Chile, por esta razón se reúnen en guetos[3], para protegerse”.

Además de esta situación, conocida por todos, pero en donde el gobierno no reacciona y omite sus funciones de respeto al proyecto de vida digna de los peruanos, estos últimos siendo ilegales en Chile, no pueden acceder a los servicios de salud, a una educación de calidad o a un trabajo digno, según Nicolás Espejo, director del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales de Chile en la presentación del informe anual sobre Derechos humanos en Chile del 2007. Por otro lado, añade que “los inmigrantes como los peruanos, que se encuentran en situación irregular, es decir aquellos que no tienen una visa o contrato de trabajo carecen de identificación y se encuentran invisibilizados, porque al carecer de este tipo de documentación no pueden acceder a servicios de salud, a una educación de calidad, ni a un trabajo digno, ni a protegerse en la Ley General del Trabajo” (Radio San Borja, 2007). Espejo recalcó que el problema de la integración de los migrantes indocumentados es estructural. Esto debido a que muchas veces los funcionarios públicos, en desconocimiento de los textos internacionales de protección de los DDHH no saben si es o no correcto prestar un servicio de salud o educativo al hijo de un migrante ilegal. .
Lo que revela además, lo estructural del problema es que aún se encuentre vigente un Decreto Ley (N° 69), que distingue a los inmigrantes de origen europeo con los de procedencia latina[4], violando el principio de igualdad entre seres humanos de la Declaración Universal de Derechos Humanos[5]. En este sentido, por más que este decreto no se aplique directamente en Chile después de la caída del fascismo pinochetista no significa que se deba de mantener ya que sin gestos por parte del ente político la idea seguirá presente y hasta será aval para ciertos actos de xenofobia. Por ello, algunos grupos neonazis que operan en Chile siguen atacándose a las minorías peruanas sin que el gobierno actuara por frenar esta violencia (La Nación -Chile-, 2006). Incluso el gobierno, por su Ministerio del Interior, reconoce la situación desigual entre migrantes, ya que los peruanos por falta de calificación, en comparación con otras nacionalidades, son más vulnerables a actitudes xenófobas o a la explotación laboral (Biblioteca del Congreso Nacional, 2006).

Frente a estos problemas latentes, cientos de peruanos marcharon en abril del 2004 por las calles de Santiago en protesta por los abusos laborales y atropellos a los derechos de los inmigrantes, lo cual indica que hoy, es muy difícil ignorar esta situación. En ese mismo año una encuesta a peruanos inmigrantes reveló que el 40% deseaba regresar a su país y califica a Chile como "país discriminador".

La violación de los derechos laborales de los peruanos en Chile y un marco legal inexistente: la concepción moderna de la esclavitud

Un inmigrante, de iniciales J.E.M. tiene nacionalidad peruana, vive irregularmente en Chile desde hace siete años según el Informe 2007 sobre Derechos Humanos de ese país. Trabajó en una soda por un sueldo de 80.000 pesos chilenos, cuando el sueldo mínimo era de casi 120.000 pesos, es decir un 50% inferior al mínimo legal. El trabajo que desempeñaba era precario por lo cual ciertos meses prescindían de sus servicios, por último, no fue pagado durante un mes y medio siendo amenazado de denuncia ante las autoridades de Migración y Extranjería si acusaba a sus empleadores.

Por éste y los demás indicios presentados precedentemente, parece ser que los derechos laborales de los peruanos son los más atropellados en Chile ya que es la primera de las reivindicaciones que los peruanos hacen a Santiago. En este sentido, en comparación con lo expuesto por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) de la ONU en su OG N°18, el derecho al trabajo es la base fundadora para el respeto de los demás derechos humanos por constituir una parte inseparable et inherente de la dignidad humana, lo cual se expresa en la siguiente frase retomada del Informe 2007 sobre Derechos Humanos en Chile que dice: “toda persona tiene derecho a trabajar para poder vivir con dignidad”. Por ende, si Chile no quiere convertirse en un país que someta por su inacción a la esclavitud moderna de los migrantes es importante que el Estado actué en tres ejes para respetar las condiciones del derecho humano al trabajo: el acceso universal a los servicios sociales básicos a través de contratos laborales adaptados; implementación de la ley interna migratoria con información de esta a los interesados; y por último, fiscalización de la acción de los empleadores frente a las posibles violaciones a estos derechos fundamentales ya que actualmente esta acción no es efectiva[6].

Así, la actual situación de Chile en cuanto a los derechos de los migrantes solo permite resaltar la permisividad de las instituciones dejando entrar a los peruanos de la misma forma que circulan mercancías en la frontera y tolerando que estos cubran los puestos básicos del mercado laboral, pero sin legitimar su presencia con leyes, acomodaciones o pronunciamientos (discursos, circulares a Instituciones) que especifiquen la postura a tomar ante la presencia de migrantes ilegales o en el mejor de los casos que opten claramente por el respeto de sus derechos humanos.

Uno de los esfuerzos hechos por el gobierno Bachelet para eliminar este problema se hace a raíz de la visita del Canciller peruano a Chile en octubre del 2006 creando un Consejo de Integración Social peruano-chileno con la finalidad de que diferentes ministros (entre ellos el de trabajo) cooperen para la mejora de las condiciones de vida de los migrantes de ambos países, es una medida bilateral prometedora si se trabaja atacándose a la estructura del problema, más que a ocuparse de problemas aislados, esto sería por ejemplo:

v Implementar una educación de respeto a las diferencias étnicas desde la infancia

v Universalizar, en derecho positivo, el acceso de los migrantes a los servicios sociales

v Fiscalizar los actos xenófobos, racistas o de desigualdad contra las minorías

v Aplicar la penalización existente por violaciones a los derechos humanos

No obstante a esto debe de adjuntarse la eliminación de condiciones injustas previstas por ley dentro de los contratos laborales dirigidos hacia los extranjeros. De esta forma, en Chile se suprimiría la cláusula de viaje, que dispone, de forma desventajosa para ambas partes[7], que el empleador pague el viaje de regreso del empleado y toda su familia hacia su país de origen al final del contrato. Este es, por su alta inequidad entre trabajadores y por su inoperancia en la practica, el punto más absurdo de los contratos de trabajo hacia migrantes.

Por otro lado, desde el punto de vista institucional el Estado, aunque ha mostrado cierto interés por no seguir la línea discriminatoria de un segmento de su población ha dispuesto por ley que la policía no pueda detener a los inmigrantes ilegales de Perú y Bolivia sin una denuncia previa, pero debe de entenderse esto solo como tolerancia más que como una acción integradora. Además, una amnistía migratoria similar a la aplicada en 1998 por el Ejecutivo se concedió a los ilegales a finales del año 2007, así, miles de peruanos ilegales accederán según la ministra de Planificación, Clarisa Hardy, a los mismos derechos de cualquier familia chilena como “al sistema educacional”, “al sistema de salud” y a programas como el Chile solidario “para las personas que están en situación de extrema pobreza”. No obstante, esta medida no arregla en nada la situación de los peruanos que llegarán en el futuro a Chile, ni mejora la imagen que la sociedad chilena tiene de ellos, ni se ataca a implementar la estructura estatal para acoger a esta nueva categoría social con necesidades particulares Solo resuelve momentáneamente un problema a la espera de otro, sin adelantarse, como lo haría hábilmente un jugador de ajedrez.

Sobre las razones por las cuales Chile no puede desligarse de su rol de protector de los derechos de los trabajadores extranjeros

Es cierto que lo que conocemos como Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) dentro de los cuáles figura el derecho al trabajo, son reconocidos únicamente por su carácter progresivo en el sistema interamericano según el artículo 26 del Pacto de San José de 1969, por ello cada Estado debe de cumplir en la medida de sus posibilidades con el acceso a la salud, el derecho a la alimentación, etc. de su población. Además nada indica que un Estado deba de asumir un rol de protector de estos derechos para con los extranjeros que vivan en su territorio.

De este modo por ejemplo, si algún migrante peruano en Chile considera que su derecho al trabajo o a una condición justa y equitativa de éste han sido violadas, no podrá alegar ni el Pacto de San José, por no haber artículos que respalden ese derecho, ni tampoco podrá defenderse a través del Protocolo de San Salvador, a pesar que sus artículos sexto y séptimo defiendan estos derechos explícitamente. Esto se debe a que los Estados Parte del sistema interamericano reservaron solo un par de temas a la jurisdicción de la Corte IDH, entre los cuáles no figura ni el derecho al trabajo, ni el de la alimentación, acceso a la salud, educación, un medio ambiente sano, etc.

Sin embargo, ni Chile, ni Perú, ni ningún otro Estado respetuoso del derecho internacional puede alegar que las disposiciones de su derecho nacional no prevén o son contrarias al jus cogens ya que este último se impone imperativamente ante todo sujeto de derecho internacional. Por ello, Chile debe de cumplir acumulativamente con dos condiciones para que éste respeto sea efectivo: en primer lugar, dicho Estado debe de abstenerse de realizar acciones de discriminación en el acceso a la salud, educación, trabajo, etc., pero, en segundo lugar, debe de adoptar medidas positivas para revertir las situaciones discriminatorias como las que viven actualmente los obreros y empleadas del hogar peruanas en Chile. Esto significa que respetar los derechos humanos por la abstención a violarlos no basta y debe siempre de completarse con un principio de prevención cambiando medidas que creen situaciones discriminatorias. En este sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su Opinión Consultiva OC-18/03 declara aparte del rol pasivo del Estado como consejero y abstinente de actos discriminatorios, deben de comportarse como entes activos en lo que concierne a la erradicación de la discriminación. Por ello, se pide que los Estados aseguren, en su derecho interno, el acceso concreto de toda persona (no solo los ciudadanos nacionales) a sus derechos fundamentales, en igualdad con todas las personas e independientemente de su estatus migratorio.

Observemos además que la Corte señala como erga omnes el hecho que todo sujeto de derecho, inclusive particulares, atenten contra los derechos humanos. Este principio proviene del caso Tribunal Internacional de Justicia, Barcelona Traction, que enuncia que las obligaciones erga omnes son aquellas que incorporan valores esenciales para toda la humanidad, y que se contraen ante toda la comunidad internacional. En otras palabras, una obligación erga omnes, impone a todos los Estados, incluso a los terceros que respeten ciertas obligaciones fundamentales. En este caso, la Corte Interamericana reconoce a la igualdad y a la no discriminación, como obligación erga omnes lo cual la rinde obligatoria para todos, incluso para las relaciones entre chilenos y peruanos.

Conclusiones y recomendaciones para una relación pacífica entre sociedades

Las migraciones de peruanos hacia el extranjero han aumentado mucho en este último lustro por causas estructurales, políticas y económicas que los gobiernos desde Lima parecen ser incapaces de solucionar. Estos flujos no solo se hacen hacia grandes potencias industriales, pero también en dirección de países del Sur más prósperos como es el caso de Chile. Sin embargo, a pesar de que en este Estado los peruanos van motivados por el trabajo y ocupan puestos de base que a los chilenos no interesan, existe un sentimiento de hurto a lo nacional por migrantes que incomodan y una idea falsa (compartida por extranjeros y nacionales) de que los migrantes ilegales no tienen ningún derecho. Esto los convierte en vulnerables de todo tipo de violencia tanto directa (golpes, insultos), como estructural (leyes injustas, falta de acceso a los servicios sociales).

Así, por más que el Estado no coopere activamente en esta xenofobia, por su inacción en la abolición de leyes fascistas, por su falta de políticas educativas en materia de respeto de las diferencias y por su ineficacia en la organización para la inserción de los migrantes en la sociedad, corre el riesgo de convertirse en colaborador pasivo de la desigualdad de trato y por ende del racismo hacia los peruanos.

Aquello, se aprecia sobretodo en materia laboral, donde miles de migrantes trabajan en condiciones precarias, con sueldos bajos, maltratados y sin conocimiento de sus derechos. Por ello, la implementación del derecho al trabajo en condiciones justas y equitativas tal y cual es reconocido por la ONU y el derecho progresivo interamericano, como base de una vida digna para el desarrollo de los demás derechos humanos, debe de ser la piedra angular de las futuras reformas si se desea no seguir el ejemplo magrebí-europeo y construir una convivencia pacifica entre dos pueblos hermanos y las futuras generaciones de estos.


Bibliografía

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COMISION AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969 

COMISION AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, Protocolo adicional a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador), 17 de noviembre de 1988

COMITE DESC DE LA ONU OG N°18, El derecho al trabajo 6 de febrero 2006

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, Opinión Consultiva OC-18/03 (2003) San José

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MUJICA PETIT J; CEDAL PERU, Migración peruana en Chile, Boletín #20 Asociación Latinoamericana de Organizaciones de Promoción 2007

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STAGNARO G, Al Pie Del Orbe, Identidades N°95, Diario el Peruano 17 de octubre 2005 Lima



[1] Fuente del cuadro citado como ejemplo: Dirección General de Migración del Perú y Altamirano, Teófilo (2003) “El Perú y Ecuador nuevos países de migración” Ponencia presentada en la conferencia regional “Globalización, migración y derechos humanos”. PADH, Quito, Ecuador Septiembre 2003.

[2] 59% por ciento de los inmigrantes peruanos tienen estudios secundarios completos según las investigadoras Lorena Núñez (Programa de Doctorado de la Universidad de Leiden, Holanda) y Carolina Stefoni (FLACSO- Chile)

[3] Estos guetos, son casas antiguas llamadas “cites” donde se aglutinan un máximo de familias que ocupan, en el mejor de los casos, una habitación. Las condiciones de seguridad son precarias en caso de incendio o sismo y en lo que respecta a la salud se debe de resaltar la falta de servicios higiénicos ya que estas casas cuentan solo con un baño para veinte, treinta o hasta cuarenta familias.

[4] Este Decreto ley apela a la selección de la inmigración europea como utensilio para mejorar las condiciones biológicas de la raza. 

[5] Art. 7: “Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley…” 

[6] Según el Informe 2007 sobre Derechos Humanos de Chile, un migrante peruano llamado Alberto alega que muchos de sus compatriotas no tienen contrato laboral para poder ser pagados más de lo que ganarían si cotizarán, sin embargo ésta grave situación ilegal que no les permite de acceder a los servicios de salud no es controlada por ningún servicio estatal 

[7] La firma del contrato laboral notariado donde figure esa cláusula de viaje es obligatoria para que el Ministerio del Interior chileno acepte la legalidad del contrato con el extranjero y por ende, que legalice los documentos migratorios del peticionario. Esta cláusula desventajosa casi ninguna empresa la firma por tener un costo alto e incierto (los miembros de la familia pueden aumentar, los precios del viaje varían, el contrato puede terminarse de forma muy anticipada con lo cual los gastos serían más altos que los beneficios, etc.). Frente a la situación desigual, los migrantes, en busca urgente de trabajo, renuncian a que se introduzca dicha cláusula y no pueden legalizar su situación migratoria.